@inproceedings{upm58725, pages = {165--199}, author = {Alicia Colomer Nieves and Elena Rojas Romero and Javier Vera Roa and Gerardo Penas Garc{\'i}a}, year = {2018}, publisher = {Asociaci{\'o}n Internacional para la Protecci{\'o}n de la Propiedad Industrial}, booktitle = {XXXIII Jornadas de Estudio sobre propiedad industrial e intelectual: colecci{\'o}n de conferencias con motivo de las Jornadas de Estudio celebradas el 8 y 9 de febrero de 2018 por el Grupo Espa{\~n}ol de la AIPPI}, title = {El modelo de utilidad en la ley 24/2015, de 24 de julio, de patentes}, url = {https://oa.upm.es/58725/}, abstract = {A simple vista la regulaci{\'o}n que, del modelo de utilidad, realiza la Ley 24/2015 no parece sino una continuidad, sin grandes rupturas, de la regulaci{\'o}n contenida en la Ley de Patentes de 1986. No obstante, una lectura atenta de dicha regulaci{\'o}n y sus consecuencias arroja una conclusi{\'o}n bien distinta que este art{\'i}culo pretende exponer. Tres son los elementos principales de la Ley reformada que merecen reflexi{\'o}n: en primer lugar, la delimitaci{\'o}n conceptual de los modelos de utilidad tanto positiva, es decir, su definici{\'o}n, como negativa, sus exclusiones; en segundo lugar, la incorporaci{\'o}n del informe sobre el estado de la t{\'e}cnica y, en tercer lugar, la aplicaci{\'o}n del concepto de novedad universal y el mantenimiento del requisito de la actividad inventiva en un nivel inferior al exigible para patentes que obliga a establecer criterios lo m{\'a}s objetivos posibles para esclarecer la distancia entre lo ?evidente? y lo ?muy evidente?. Respecto al primer aspecto, el presente art{\'i}culo persigue explorar y definir, en la medida de lo posible, la materia protegible como modelo de utilidad a trav{\'e}s del estudio de su objeto y a la luz de las exclusiones que realiza el art. 137 de la Ley de Patentes de 2015. Con ello se pretende presentar a este ?nuevo modelo de utilidad? y difundir la multiplicidad de posibilidades que ofrece su utilizaci{\'o}n como instrumento vers{\'a}til, poco costoso y {\'a}gil para la protecci{\'o}n de invenciones.} }